Padres e hijos

¿Qué es una familia de acogimiento y cómo beneficia a las infancias?

Esta figura legal que existe en México tiene muchos beneficios para los menores. Te contamos de qué se trata

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La adopción es un tema que compete directamente a las infancias, en México y en el mundo, y para ello existen una lista de trámites y papeles a presentar, pero lo más importante es que, en este transcurso, la salud física y emocional del menor se salvaguarde por parte de las instituciones involucradas. 

Pero ¿y la parte humana? ¿Quien se encarga de darle amor, cuidados y estabilidad psicológica a los niños, niñas y adolescentes que se encuentran atravesando este proceso?

Es aquí en donde entran las familias de acogimiento. México cuenta con un Programa Nacional de Familias de Acogida (PRONFAC), que fue aprobado por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF).

De acuerdo con la web oficial del Gobierno de México “la familia de acogida es una alternativa que permite brindar la convivencia en un hogar de manera temporal y con personas que se vinculan afectivamente a quienes se han quedado sin cuidados parentales, dotándoles de elementos para la vida futura conforme a su interés superior”. 

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.Melvin Matute - Pexels

El programa, aprobado en 2020 por el Consejo Técnico de Evaluación del SNDIF, establece que es de carácter transitorio, no crea ningún tipo de relación filial o parentesco entre sus beneficiarios, es decir, la familia y la niña, niño o adolescente, pero sí les proporciona los cuidados parentales necesarios hasta que se les restituya ese derecho en forma definitiva.

Acogimiento preadoptivo

Es importante comentar que, aun cuando se encontrara la familia que se espera que adopte al/a la menor, existe una figura llamada acogimiento preadoptivo, que consta en una adaptación de un plazo determinado, en donde la familia convive con el menor y éste especio es evaluado

De acuerdo con el Observatorio Nacional Derecho a Vivir en Familia, el acogimiento pre-adoptivo por una familia “inicia con el periodo de convivencias entre la persona menor de edad candidata a ser adoptada y la familia solicitante de adopción a efecto de confirmar la compatibilidad entre ambas. Una vez que esto suceda, profesionales en materia de psicología y trabajo social o carreras afines de los Centros de Asistencia Social, en un plazo no mayor de treinta días hábiles, emitirán un informe del acogimiento preadoptivo, y lo entregarán a la Procuraduría Federal. En caso de que el informe sea favorable, la Procuraduría Federal estará en aptitud de iniciar el procedimiento de adopción ante el Órgano Jurisdiccional competente”.

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.Gustavo Fring - Pexels

El portal también establece que si el informe encuentra incompatibilidad entre ambas partes, “el comité técnico de adopción valorará la continuación del procedimiento de adopción, previa opinión de la niña, niño o adolescente, tomando en consideración su edad, desarrollo cognitivo, grado de madurez e interés superior. En caso de que el comité técnico de adopción, determine no continuar con el procedimiento de adopción, la Procuraduría Federal deberá realizar un procedimiento para reincorporar al niño, niña o adolescente al Sistema Nacional DIF, revalorar sus necesidades y dar prioridad a una nueva asignación”

De acuerdo con un informe publicado por el IMER, en México 440 familias se han sumado a esta iniciativa y 225 infancias han sido beneficiadas. 

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